SCTR - Ley 26790
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo
Enfermedad Profesional
El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo otorga coberturas a los Trabajadores Empleados y Obreros que laboran en un centro de trabajo de alto riesgo.
Las Empresas están facultadas para cotizar con las aseguradoras:
- Rimac
- La Positiva
- Mapfre
- Pacífico y otros
Recuerda que:
Ud. puede obtener una PENSIÓN VITALICIA o INDEMNIZACIÓN (Pago por única vez) de acuerdo al grado de incapacidad o Enfermedad Profesional.
Grado de Incapacidad:
- Del 20% hasta 49% - Indemnización
- Del 50% hasta 70% - Pensión Vitalicia
Accidente de Trabajo
El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo otorga coberturas a los Trabajadores Empleados y Obreros que laboran en un centro de trabajo de alto riesgo.
Las Empresas están facultadas para cotizar con las aseguradoras:
- Rimac
- La Positiva
- Mapfre
- Pacífico y otros
Recuerda que:
Si el ACCIDENTE DE TRABAJO se produce antes, durante o después de la jornada laboral o en las interrupciones del trabajo, si el trabajo se hallara por razón de sus obligaciones en cualquier centro de trabajo de la entidad empleadora. Ud. puede obtener una PENSIÓN VITALICIA o INDEMNIZACIÓN (Pago por única vez) de acuerdo al grado de incapacidad o Enfermedad Profesional.
Grado de Incapacidad:
- Del 20% hasta 49% - Indemnización
- Del 50% hasta 70% - Pensión Vitalicia